Los órganos de gobierno del Ayuntamiento son:
-Alcalde
-Concejales
-Pleno
-Comisión especial de Cuentas, con funciones de control, informe y consulta previa de los expedientes que deban someterse a la decisión del Pleno,(1)
(1)Nota. Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas el examen, estudio e informe de las cuentas, presupuestarias y extra presupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación y, en especial, de la Cuenta General que han de rendir las entidades locales, integrada por las de la propia entidad, las de los organismos autónomos y las de las sociedades mercantiles de capital íntegramente propiedad de las mismas.
La Comisión está integrada por todos los miembros de la corporación.